Exoneración de impuestos en facturación

Nombre

Exoneraciones de Impuesto a juntas de educación y administrativas de las instituciones públicas de enseñanza: Trámite mediante el cual el cliente solicita la exoneración del pago del impuesto de ventas en su facturación por servicios eléctricos.

Requisitos

  1. Nota en la que se solicita la exoneración, indicar en el documento numero de abonado y número de medidor.

Personería Jurídica de la Junta de Educación, emitida por el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, de la Dirección Regional de Enseñanza del ministerio de Educación. Indicando la cedula Jurídica de la Junta.

Costo

No tiene costo.

Plazo

La exoneración en la facturación se realiza a partir del día que se presentan los requisitos.

Procedimiento

  1. Entregar la Solicitud en Proceso Facturar y Cobrar de la UEN Servicio al Cliente, ubicada en Cartago, Avenida 1, Calles 3 y 5.
  2. El Proceso Facturar y Cobrar ajustará el nombre del abonado según el indicado en la Personería Jurídica.
  3. Se actualiza en número de cédula jurídica, según corresponda.

A partir de la presentación de los requisitos la facturación emitida estará exenta de impuesto.

Fundamento legal que lo rige

Resolución RES-DGH-0020-2010, publicada en Gaceta No. 115 del 15 de Junio 2010 y Sesión Ordinaria de Junta Directiva de JASEC N° 4655 el 27 de Marzo del 2012. Publicado en el Diario Oficial la Gaceta N° 78 del Lunes 23 de Abril del 2012.