Exoneración de impuestos en facturación
Nombre |
Exoneraciones de Impuesto a juntas de educación y administrativas de las instituciones públicas de enseñanza: Trámite mediante el cual el cliente solicita la exoneración del pago del impuesto de ventas en su facturación por servicios eléctricos. |
Requisitos |
Personería Jurídica de la Junta de Educación, emitida por el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, de la Dirección Regional de Enseñanza del ministerio de Educación. Indicando la cedula Jurídica de la Junta. |
Costo |
No tiene costo. |
Plazo |
La exoneración en la facturación se realiza a partir del día que se presentan los requisitos. |
Procedimiento |
A partir de la presentación de los requisitos la facturación emitida estará exenta de impuesto. |
Fundamento legal que lo rige |
Resolución RES-DGH-0020-2010, publicada en Gaceta No. 115 del 15 de Junio 2010 y Sesión Ordinaria de Junta Directiva de JASEC N° 4655 el 27 de Marzo del 2012. Publicado en el Diario Oficial la Gaceta N° 78 del Lunes 23 de Abril del 2012. |