Esta valoración la hace de vista el colaborador de la Plataforma, pero técnicamente el dictamen lo emite unos días después el área técnica de Infocomunicaciones quien es en última instancia quien valora el cobro o no del dispositivo dañado.
Al suscribir el contrato, el cliente debe ser consiente que en el artículo 23 del contrato se detalla que debe cubrirse el costo de sustitución del equipo y no su valor residual o depreciado, pues JASEC debe instalar un ONT nuevo a cada servicio, por lo que se cobrará el costo de comprar un nuevo equipo. Por otra parte, este pago de reposición no comprende de ninguna manera la devolución del equipo dañado al cliente que retira el servicio, pues el equipo es propiedad de JASEC.
El ONT no le pertenece al cliente en caso del retiro del servicio de Internet.
Al igual que un medidor, el ONT es el dispositivo que requiere instalar JASEC para brindar el servicio de Internet y que es propiedad de JASEC.