Nombre |
Cambio de medidor en estado provisional a medidor en estado permanente: Reubicación de un medidor instalado de forma provisional. Para atender este servicio JASEC generará una Orden de Trabajo (OT). |
Requisitos |
(*) Será requisito la firma del ingeniero responsable, la copia de la cédula y del carnet de afiliación del ingeniero al CFIA. Estos requisitos los deberá cumplir el solicitante hasta el 15 de agosto del 2012, posterior a esta fecha se sustituirán por el documento que el CFIA establezca al efecto, según el Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica publicado el 15 de febrero del 2012 en la Gaceta N° 33. |
Costo |
¢ 1 000,00 más el ajuste del depósito de garantía en caso de que se requiera. |
Formulario |
Se debe utilizar el formulario definido para este trámite. |
Plazo |
8 días hábiles prorrogables a 5 días más, a partir del momento que se active la OT. |
Procedimiento |
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Fundamento legal que lo rige |
Aprobación de requisitos en Sesión Ordinaria de Junta Directiva N° 4655 el 27 de Marzo del 2012. Publicado en el Diario Oficial la Gaceta N° 78 del Lunes 23 de Abril del 2012. |
Para mayor información: |
Centro de Gestión Atención al Cliente, Tel 2550-6800. |
Requisitos cambio de servicio provisional a permanenteInformática JASEC2018-10-09T12:05:34+00:00