Nombre |
Cambio de voltaje: Se refiere a la variación de un servicio de 110 voltios a 220 voltios. Para atender este servicio JASEC generará una Orden de Trabajo (OT). |
Requisitos |
(*) Será requisito la firma del ingeniero responsable, la copia de la cédula y del carnet de afiliación del ingeniero al CFIA. Estos requisitos los deberá cumplir el solicitante hasta el 15 de agosto del 2012, posterior a esta fecha se sustituirán por el documento que el CFIA establezca al efecto, según el Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica publicado el 15 de febrero del 2012 en la Gaceta N° 33. |
Costo |
Cancelar el depósito de garantía, el cual se calcula según la carga declarada en la solicitud, de conformidad a la normativa de ARESEP (esta DISPOSICION aplica a partir del 1 julio del 2014, e incluirá aquellos casos que aunque solicitaron información antes de esa fecha, formalicen su trámite a partir del 1º de julio de 2014), así mismo se recuerda que el depósito de garantía podrá ser ajustado de acuerdo al consumo real que registre el cliente”. Este monto aplica solo para servicios monofásicos. |
Formulario |
Se debe utilizar el formulario definido para este trámite. |
Plazo |
8 días hábiles prorrogables a 5 días más, a partir del momento que se active la OT. |
Procedimiento |
|
Fundamento legal que los rige |
Aprobación de requisitos en Sesión Ordinaria de Junta Directiva N° 4655 el 27 de Marzo del 2012. Publicado en el Diario Oficial la Gaceta N° 78 del Lunes 23 de Abril del 2012. |
Para mayor información: |
Centro de Gestión Atención al Cliente, Tel 2550-6800 |
Requisitos cambio de voltaje de 110 a 220Informática JASEC2018-10-09T12:07:49+00:00